
Pildoras Informativas
04/04/2022
INGRESO MÍNIMO VITAL
Las personas que hubieran percibido en 2.021 un Ingreso Mínimo Vital, a pesar de estar Exento de tributación, estarán obligadas a presentar la Declaración de Renta.
AUTÓNOMOS Y IRPF
Todos aquellos autónomos que hayan percibido en 2.021 prestaciones extraordinarias por cese de actividad deberán declararlas como rendimientos del trabajo, con los primeros 2.000 € exentos.
SUJETOS A TRIBUTAR POR IRPF
Los asalariados que en 2.021 cobraron entre 14.000 € y 22.000 €, de los que más de 1.500 € fueran prestaciones del SEPE.
NO SUJETOS A IRPF
Aquellos asalariados que en 2.021 cobraron menos de 14.000 €, aunque hubieran cobrado de varios pagadores.
ALQUILERES EN IRPF
Para los ejercicios 2.020 y 2.021 se reducen a 3 meses el plazo para considerar el impago del alquiler por el arrendatario y se pueda deducir de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
DEDUCCIONES DEL IRPF POR EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS
Hay tres nuevas deducciones en IRPF por obras de mejora energética en la vivienda habitual, arrendadas y en edificios residenciales, ejecutadas entre Octubre de 2.021 y Diciembre de 2.023.
Con un ahorro de calefacción y refrigeración del 7 %, la deducción será del 20 % de la inversión con el límite de 5.000 € anuales.
Con un ahorro del 30 %, la deducción será del 40 % con el límite de 7.500 €/año.
En edificios, la deducción puede ser del 60 % con el límite de 5.000 €/año, y además propietarios y Comunidades de Propietarios pueden beneficiarse de otras ayudas o subvenciones, como la reducción del 50 % del IBI.
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